En marzo de 2025, el Consejo de Europa pidió/respaldó que la Comisión presentara un ambicioso y holístico pacto sobre el océano para orientar la visión e impulsar la acción política de la Unión.
Dentro de los procedimientos de la Unión Europea es una de las fórmulas para poner en marcha y estimular a la Comisión en el desarrollo del conjunto de acciones que conduzcan eventualmente a un proceso legislativo específico a desarrollar en el Parlamento Europeo.
Específicamente, en las conclusiones del referido Consejo se señala:
Punto 27: «El Consejo Europeo subraya la importancia estratégica de los océanos, los mares, los recursos hídricos y la economía azul para la competitividad, la resiliencia y la seguridad de la Unión Europea, en un contexto de crecientes retos geopolíticos y medioambientales.»
Punto 28: «A la luz de la triple crisis planetaria del cambio climático, la contaminación y la pérdida de biodiversidad, el Consejo Europeo acoge favorablemente la intención de la Comisión de presentar un Pacto Oceánico Europeo ambicioso, holístico y orientado al futuro, destinado a promover océanos sanos, la seguridad marítima y energética, la seguridad alimentaria, una pesca sostenible y una economía azul competitiva, prestando especial atención a las comunidades costeras e insulares.»
Se ha de situar que, estas dos conclusiones no fueron el objeto central de la reunión del Consejo, sino que forman parte de una reflexión y orientación amplia en el marco de las necesidades generales de la Unión para avanzar en la seguridad; resiliencia; competitividad, en un entorno geopolítico complejo y con la necesidad de abordar estas necesidades en un marco de multilateralismo debilitado.
La importancia de estos cinco elementos señalados en el análisis, no solo se han mantenido, sino que se han exacerbado de forma imprevisible desde la fecha del acuerdo del Consejo hasta la actualidad.
Como consecuencia del impulso del Consejo, la Comisión Europea adoptó el 5 de junio de 2025 con formato de comunicación (COM 2025, 281 final), el Pacto Europeo por el Océano. La necesidad del Pacto se argumenta en la introducción del propio texto de la comunicación en:
La esencialidad del océano y mares para la vida, la prosperidad, la competitividad, la seguridad y sostenibilidad futura.
La responsabilidad de la Unión Europea sobre la zona económica exclusiva derivada de sus Estados miembros, continentes, regiones ultraperiféricas y territorios de ultramar, en conjunto son 25 millones de Km2 que constituyen el mayor espacio marino colectivo del mundo.
La amenaza creciente múltiple y acumulativa sobre la sostenibilidad del medio marino.
La inseguridad y amenazas diversas, en un contexto geopolítico más complejo y tenso, donde se debilita de forma acelerada la capacidad y posibilidad de procesos de gobernanza cooperativa internacional.
La aproximación holística, que debe permitir dar respuesta eficiente a la dispersión político-administrativa de la gestión de las ZEE de los Estados miembros y de la propia arquitectura de la Unión frente a la realidad actual, así como, a la variedad de necesidades y posibilidades emergentes.
EL Pacto se plantea respaldar seis prioridades:
Proteger y restaurar la salud del océano; Impulsar la competitividad sostenible de la economía azul; Apoyar a las comunidades costeras e insulares y a las regiones ultraperiféricas; Impulsar la investigación, el conocimiento, las capacidades y la innovación en relación con el océano; Fortalecer la seguridad y la defensa marítimas como requisito previo; Reforzar la diplomacia oceánica de la UE y la gobernanza internacional basada en normas.
“El Pacto busca lograr un enfoque holístico y una colaboración entre los Estados miembros, las regiones y las partes interesadas pertinentes, como los pescadores, los profesionales de la economía azul, los innovadores, los inversores, los científicos y la sociedad civil. El Pacto por el Océano se actualizará a medida que cambien las necesidades.”
A los pocos días de la publicación del Pacto, la presidenta von der Leyen en el contexto de la Cumbre de Naciones Unidas sobre los Océanos de 2025 en Niza, anunció una inversión de 1.000 millones de euros para apoyar la conservación de los océanos, la ciencia y la pesca sostenible, haciendo público el compromiso de reducir a la mitad la contaminación por plásticos y nutrientes, además de la restauración del 20 % de los ecosistemas marinos de Europa de aquí a 2030, así como, la complementación del Pacto Europeo por el Océano con una Ley del Océano en 2027 que contribuirá a garantizar la ejecución de las prioridades del propio Pacto.
La previsión de poder disponer de la ley en 2027 impulsa (con la apertura de un proceso de participación pública como se ha confirmado el día 12), el inicio formal del “pipeline” legislativo (call for evidence en terminología comunitaria), que debe hacer posible la previsión de disponer de una propuesta a finales de 2026.
Como viene siendo habitual, la complejidad estructural y funcional de la Unión Europea; la dificultad técnico jurídica intrínseca de los textos generales y específicos (tanto de leyes como reglamentos y ordenamientos menores); junto a la duración temporal de los procesos de elaboración; así como de entrada en aplicación en entornos poco precavidos y previsores (como el español en general y el canario en particular), producen el “efecto sorpresa” de rechazo social, imposibilidad de cumplimiento (en muchas ocasiones con multas asociadas).
Este es uno de esos momentos en que es necesario trabajar mucho y con cuidado, para que el marco jurídico administrativo y presupuestario que se está elaborando sea lo más favorable posible para Canarias.
La tercera de las prioridades del Pacto antes señalada, está redactada específicamente para el Archipiélago:
-Prácticamente todo el territorio insular es costero (según el criterio europeo: todo lo que está a menos de 50 km de la costa).
-Todo son islas.
-El conjunto es una de las regiones ultraperiféricas de la Unión.
Esto debe hacer posible que se puedan conseguir aplicaciones concretas del Pacto que se adecuen a las necesidades Canarias, pero esto no ocurre per se, es necesario la participación y seguimiento continuado, no solo de las administraciones (a las que obviamente les corresponde el trabajo material central), sino también del conjunto de la sociedad general, a la que es más difícil involucrar en los procesos de la complejidad y duración que es común en la Unión (probablemente el problema detonante de la mayor parte de los procesos de rechazo ciudadano).
Como ejemplo de la dificultad específica de los procesos europeos, se puede señalar que, en este momento, mientras que el Pacto y en la Ley objeto de este comentario aparecen como una oportunidad clara de impulso para el conjunto marino marítimo, también en este mismo momento, en las primeras cifras de referencia del presupuesto del próximo septenio de la Unión, se está planteando la reducción del 60% (respecto del presupuesto actual) en los fondos marítimo-pesqueros.
Parece claro que conviene generar espacios de encuentro público-privados, que permitan trabajar de forma coordinada entre las administraciones y agentes sociales concernidos, manteniendo el equilibrio de intereses y distribución de esfuerzos razonables en los largos periodos de maduración de estos procesos europeos. En Europa es posible encontrar ejemplos de cómo hacerlo con resultados en algunos casos espectaculares.





