Ordenación del Espacio Marítimo de la Demarcación Canaria.

Canarias7

El pasado lunes 7 de junio, promovido por la Dirección General de la Costa y el Mar (MITTERD) se ha abierto un primer periodo de audiencia pública sobre el proyecto de Real Decreto, que en su culminación aprobará el plan de ordenación de las 5 demarcaciones marítimas españolas que incluye la canaria.

En un artículo anterior (24-01-21), señalaba la importancia y trascendencia de este proceso de planificación del medio marino, impulsado desde las instituciones europeas para todas las regiones costeras españolas y en particular para la canaria, que se extiende sobre prácticamente el 50% del espacio marítimo nacional, señalando que los Estados estaban mandatados a tener sus espacios marítimos ordenados el 31 de marzo de este año. En el momento del artículo, la administración española había manifestado la imposibilidad de cumplir la agenda debido a la Pandemia y se había propuesto presentar en esa fecha la documentación a exposición pública de los planes de ordenación del espacio marítimo los, POEM de las 5 demarcaciones marinas españolas. Evidentemente no se consiguió y como se puede ver al repasar los textos publicados (más de 1000 páginas) la Pandemia no ha sido la única limitación, ya que las dificultades intrínsecas de la naturaleza y objetivos de la planificación y la necesidad de interacción interadministrativa amplia y compleja quedan claramente reflejadas en los documentos.

Señalaba en el artículo recordado, que la complejidad administrativa y técnica no debe tener como consecuencia que estos planes (y más en Canarias) se culminen sin un conocimiento y participación amplio y significativo de la sociedad. Los efectos de estas planificaciones, de hacerse adecuadamente, es dar soporte de primer orden a las actividades económicas y de conservación, pero cuando no, producen efectos demoledores.

Se ha de tener en cuenta que los enormes tiempos y esfuerzos necesarios para hacer la planificación en el contexto europeo, son iguales o mayores cuando se trata de corregir cualquier eventual error, imprevisión o circunstancia sobrevenida. En este caso, aprendiendo de experiencias anteriores (básicamente en tierra), está programada la revisión periódica de la planificación. A pesar de haber optado el Estado español por la aproximación más rápida (6 años si no hay circunstancias imprevistas), este periodo puede dificultar o hacer imposible, el aprovechamiento de oportunidades que pueden aparecer en el contexto competitivo internacional en el que se desarrolla el Crecimiento Azul.

No se deben cometer errores evitables, para ello es necesario qué, aprovechando el periodo de Información Pública, el documento de planificación (POEM) de la Demarcación de Canarias sea analizado ampliamente por “todas” las Administraciones y Entidades socioeconómicas, con mayor atención por las que no tienen competencias o actividades directas, porque no habrán sido consultadas directamente, pero que sin duda pueden ser afectadas, como ya se ha visto en el pasado con ordenaciones de menor potencia y dimensión que la que se está realizando en este momento. En paralelo, debe estimularse la participación ciudadana general, ya que muchos de ellos podrán ser beneficiados o perjudicados por algunas de las decisiones y porque no es difícil “traducir” en efectos entendibles la complejidad del proceso.

Este primer periodo de 15 días hábiles (que finaliza el 25 de este mes de junio, parece realmente corto, dada la magnitud e importancia de los documentos), se anuncia será seguido por otro proceso de información pública, consultas a las administraciones afectadas y personas interesadas, conforme a lo establecido en los artículos 21 y 22 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, cuando se le añada a los documentos ahora publicados el imprescindible Estudio Ambiental Estratégico de los Planes.

El documento es claramente resultado de un esfuerzo considerable con previsiones y aproximaciones de la mayor conveniencia y necesidad, no obstante, se debe reiterar la necesidad de ser estudiado con profundidad desde Canarias, completado y mejorado desde la visión de las necesidades y posibilidades propias del Archipiélago.

Los primeros indicios no son alentadores. En la parte común para las cinco demarcaciones que se presenta en las tablas 11 a 15, (Objetivos económicos, sociales y ambientales establecidos y propuestos por las administraciones autonómicas), específicamente en la 15 se recoge la aportación de Canarias, que es objetivamente mínima en extensión y contenido, tanto en valoración directa como si se compara con la realizada desde otras comunidades autónomas.

La tabla 15 incluye dos apartados, el de “aspectos horizontales de interés general”, que a su vez incluye dos subapartados, el relativo a Patrimonio Cultural Subacuático, que queda pendiente de una contribución ¿posterior? y el de Medioambiente Marino que recogen cinco declaraciones genéricas absolutamente básicas.

En el segundo apartado de esta tabla 15, denominado “sectores marítimos mayoritariamente privados” se incluyen cuatro subapartados, en dos de ellos: Puertos Autonómicos y Turismo y Actividades Recreativas, respecto a los cuales se indica que quedan pendientes de contribución ¿posterior? y todavía más preocupante es el caso de los subapartados: Pesca y Marisqueo y Acuicultura, para los cuales la contribución autonómica ha sido la misma: “El Gobierno de Canarias confirma los objetivos establecidos a nivel nacional para este sector”.

Parece obvio que en general y como ejemplos, la Pesca y Acuicultura en Canarias tienen realidades, necesidades y potencialidades con un nivel de especificidad insular y archipelágicas que requieren, sin duda, un esfuerzo de análisis y propuestas detallados y ajustados a esta realidad.

En otro sentido mas general, a falta del estudio detallado y exhaustivo que los documentos requieren, entre muchos aciertos, el documento mantiene una tradición administrativa característica española y es no prever que el conocimiento y actividades conocidas en el momento de la redacción, son circunstanciales y que la aceleración de los procesos tecnológicos hacen que en “poco” tiempo se superen las barreras al uso. Específicamente, en muchos apartados relativos a la profundidad donde situar actividades de energías renovables, se pone el límite de 1000m, que es una aproximación similar a la que se hizo en la planificación de la acuicultura en Canarias, donde se fijó el límite exterior de 50m de profundidad. En la actualidad las propuestas de mayor interés, se sitúan a profundidades mayores.

Estos documentos son importantes y trascendentes, su aplicación determinará de forma enorme el futuro de Canarias y requiere de forma imprescindible la mayor atención de las administraciones, las instituciones, la sociedad civil y se ha de hacer ¡ahora!

 

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